martes, 5 de noviembre de 2024

Gestión Estadal para la Planificación de la Auditoría Fiscal



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BICENTENARIO DE ARAGUA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

ESCUELA DE CONTADURÍA PÚBLICA

SAN CRISTÓBAL ESTADO TÁCHIRA







Autor: Esmor Cantor


Inicialmente, el control fiscal es un sistema desempeñado por la Contraloría General de la República para la verificación, estudio, transparencia y análisis de los procesos realizados por las entidades y organismos públicos durante sus gestiones públicas.

En este aspecto, la contraloría General es un organismo público del Estado encargado de realizar distintas funciones que garanticen la transparencia y desempeño de trabajo por parte de los miembros que conforman los entes y organismos que están bajo su responsabilidad.

Es por ello que, el proceso de Auditoría es indispensable dentro de las actividades financieras llevadas a cabo por los organismos públicos para asegurar el control fiscal en las gestiones de trabajo interno, lo cual permitirá detectar deficiencias o irregularidades presentes en las gestiones contables y administrativas.

Organización y Planificación del Control Fiscal

En este aspecto, la ley para el control fiscal establece que la Contraloría General de la Republica es el órgano ciudadano del Estado encargado de planificar los procesos que conllevan a, controlar, revisar, y fiscalizar las actividades económicas desarrolladas por los entes comerciales relacionadas a los Ingresos y Egresos que estas perciben.

Así mismo, este Órgano ciudadano también se encarga de hacer cumplir la ley nacional para mantener el control fiscal, por lo cual planifica las técnicas para realizar inspecciones orientadas en procesos de auditorías y revisiones de carácter fiscal para que de esta manera se evite irregularidades por parte de los entes u organismos que infrinjan la ley.

Por consiguiente, la ley de control fiscal tiene como objetivo general regular las funciones jurídicas desempeñadas por la Contraloría General y de las personas que ejercen actividades contraloras. De igual manera, tiene la potestad para revisar las funciones administrativas de los organismos sujetos a esta ley.

En este mismo sentido, mantiene una planificación y organización de los procesos internos que conllevan a verificar la legalidad, exactitud y procedimientos aplicados para corroborar el nivel de honestidad y eficiencia de la información económica y financiera realizada por los organismos y entidades durante sus actividades económicas.

Control fiscal

En este sentido, es aquel proceso por el cual se centra en la planificación y manejo del control de los procedimientos y técnicas para la verificación, supervisión, control, fiscalización y regulación de las actividades administrativas de los entes públicos gubernamentales.

Es por ello que, la ley también le otorga la potestad a la Contraloría General para aplicar los procedimientos que permitan fortalecer el control fiscal. Así como también, de planificar y establecer las responsabilidades y sanciones a los sujetos u organismos que incumplan o realicen actos irregulares o ilícitos fiscales que afecten o causen daño al patrimonio público.

Es por esta razón que, su finalidad es certificar el buen uso e implementación de las normativas y leyes constitucionales que rigen los mecanismos implementados por la Contraloría General para la implementación de técnicas que permitan establecer un control interno a los entes y organismos sujetos a su supervisión.

De igual manera, su objetivo es garantizar la fidelidad de la información administrativa y financiera suministrada para que se compruebe que está libre de errores o manipulación. Así como también, fomentar la eficiencia, factibilidad, eficacia y buen manejo de los procesos administrativos internos de las entidades públicas.

Objetivos del Control Fiscal

            En este contexto, el objetivo del control fiscal es asegurar el cumplimiento de las normas que rigen los procesos administrativos efectuados por las entidades u organismos del Estado que permitan establecer un sistema político-económico para el control, supervisión y regulación de las actividades administrativas.

De igual manera, los objetivos del control fiscal son implementados por los miembros que pertenecen a la contraloría General de la Republica para el desempeño de sus funciones a lo largo de sus gestiones de trabajo para la verificación y estudio del sistema nacional de control fiscal.

Es por ello que, los objetivos del control fiscal son los siguientes:

  • Asegurar el cumplimiento de las normativas de control fiscal.

  • Fortalecer las normas que regulan el sistema de control fiscal.

  • Fortalecer las capacidades del Estado para la ejecución de sus funciones de gobierno.

  • Inspeccionar a los entes u organismos del Estado que ejercen actividades públicas para la verificación y validez de sus procedimientos efectuados durante la gestión fiscal.

  • Fomentar la transparencia de los procesos administrativos y el manejo de los recursos del sector público.

  • Establecer los procedimientos, políticas y normas necesarias para el desarrollo del ejercicio del control fiscal.

  • Imponer las sanciones y multas pertinentes a los sujetos o entidades que incurran en actos irregulares o ilícitos contra el patrimonio público.

Procedimientos de Control Fiscal

       En este sentido, esto es exigido por la ley de control fiscal para la verificación y evaluación de la declaración patrimonial jurada realizada por los sujetos o agentes pasivos durante el cierre fiscal anual de sus actividades económicas, la cual será un claro y transparente reflejo de la información financiera jurada ante el órgano fiscal.

Es por ello que, los sujetos o personas que realicen actividades laborales sin distinción de cargo en los entes u órganos públicos deberán hacerse responsable ante la ley por la realización de actos ilícitos o irregulares durante su gestión laboral interna.

Seguidamente, en caso de comprobarse hechos ilícitos realizados por los empleados pertenecientes a organismos públicos del Estado, estos serán sancionados o penalizados por realizar hechos irregulares administrativos que atenta contra el patrimonio público.

Así mismo, la contraloría podrá proceder a realizar un proceso de auditoría que permita verificar, estudiar y analizar la información financiera que hubiese sido objeto de sospecha de manipulación o malversación para que, de este modo, se pueda comprobar la fidelidad del material auditado.

Control interno

En este aspecto, este sistema se encarga de ejercer control sobre las entidades u organismos para implementar procedimientos y técnicas que deben ser aceptados y aplicados por los sujetos obligados por la ley para la verificación y validez de la información económica y financiera que estos manejen para que logren el alcance de sus objetivos.

De igual manera, supervisa, controla, vigila y fiscaliza las actividades económicas realizadas por los entes u organismos con el propósito de hacer cumplir las normativas legales, así como también, de evaluar la eficiencia de los procedimientos administrativos desarrollados por las entidades y la fidelidad de la información financiera.

Es por ello que, es importante el control de la gestión interna para determinar el rendimiento y eficiencia de las actividades operacionales de los organismos mediante la realización de auditorías para la revisión, estudio y análisis de la información financiera.

 Por tal motivo, el control interno se establece mediante la constante revisión e inspección de los agentes u organismos sujetos a la ley de control fiscal tras el desarrollo de sus actividades económicas, así como también, del desenvolvimiento de sus gestiones de trabajo.

Por consiguiente, según lo establecido en el artículo 9 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, designan los sujetos y entidades públicas quienes estarán obligados a procesos de control, vigilancia, revisión y fiscalización:

  • El banco Central de Venezuela.

  • Las universidades públicas.

  • Las instituciones creadas con fondos públicos como fundaciones o asociaciones civiles.

  • Las instituciones autónomas.

  • Los contribuyentes naturales o jurídicos designados por la Ley Orgánica Tributaria.

  • Los órganos y entidades que realicen actividades públicas nacionales, estadales, distritales y municipales.

Principios del Control Interno

       En este contexto, los principios del control fiscal están basados por una serie de instrumentos que rigen los procedimientos aplicables para mantener el control, supervisión, fiscalización y regulación de las actividades económicas desarrolladas por los organismos y entidades los cuales están sometidos a su control.

De igual manera, estos principios están sustentados por las normativas y leyes constitucionales que le otorgan la protesta a la Contraloría General de la Republica en ejercer su poder jurídico sobre los organismos sometidos a su supervisión.

Es por ello que, el articulo N°25 de la Ley Orgánica de Control Fiscal, título II del Sistema Nacional de Control Fiscal, Capítulo I correspondiente a las Disposiciones Generales título II, especifica que el Sistema nacional de Control Fiscal estará regido por los siguientes principios:

  • Las entidades y organismos sometidos al control fiscal podrán contar con total capacidad financiera e independencia presupuestaria para el desarrollo de sus funciones.

  • La gestión de control fiscal deberá ser desempeñada sin distinción de doctrinas o ideologías políticas.

  • El carácter técnico en el ejercicio del control fiscal.

  • La oportunidad de realizar el ejercicio de control fiscal y la presentación de sus resultados.

  • El resguardo de los recursos económicos disponibles para la realización del control fiscal, para que su implementación no exceda el costo presupuestado sobre los beneficios esperados.

  • El rápido desempeño de la gestión de control fiscal sin que sus procesos interfieran en las actividades administrativas de las entidades públicas.

  • Fomentar a la ciudadanía a la realización de la actividad de control fiscal por medio de la gestión pública.

Normas de auditoria

Es el proceso por el cual, el Estado lleva un control y supervisión de las actividades operacionales internas, administrativas y financieras llevadas a cabo por los sujetos y organismos del Estado antes mencionados en el artículo 2.

En este aspecto, el capítulo I correspondiente a las disposiciones generales en su artículo 1, determina cual es el objetivo general de las normas generales de auditoría, las cuales, buscan impulsar la gestión de auditoría del Estado.

Así mismo, su propósito está basado en criterios y principios éticos y profesionales que permitan el cumplimiento y desarrollos de las normativas que rigen el funcionamiento y evaluación de las labores públicas y de los auditores.

       Por otra parte, el artículo 2, especifica que, están sujetas a estas normativas: la contraloría general de la república, los contralores de todo el territorio geopolítico del país, la contraloría general de las fuerzas armadas, las unidades de auditoría interna, la superintendencia nacional de auditoria interna, los auditores y firmas de auditorías calificadas.

Criterios de las Normas de Auditoría

En este contexto, el artículo 9 de las Normas Generales de Auditoría especifica ciertos criterios de calidad que todo auditor debe implementar para desempeñar sus funciones. Algunos de estos criterios de calidad son:

1.    La auditoría deberá ser ejecutada por profesionales en la rama de la contaduría que cuenten con los conocimientos, habilidades y destrezas para el aplique de sus funciones para la ejecución del trabajo a desempeñar.

2.    La auditoría de Estado debe ser realizada bajo las normativas legales aceptadas de auditoría.

3.    Debe desarrollarse bajo un plan de trabajo con un cronograma de actividades para la ejecución de los procesos y técnicas legales de auditoría.

4.    Cada proceso debe ser supervisado y revisado para minimizar algún posible detalle que se le haya escapado al auditor durante su gestión y así asegurar el alcance de los objetivos auditables.

5.    Todo documento emitido por los responsables o encargados de la auditoría deberán ser identificados con sus datos personales para así verificar su correcta procedencia y certificación.

6.    En caso que se deba realizar algunas modificaciones en el plan de trabajo, esto deberá ser notificado con anterioridad a las autoridades competentes.


¿Crees que en Venezuela actualmente se aplica un buen control fiscal y por qué? 

Conclusión

  Por consiguiente, el sistema de control fiscal se encuentra conformado por una serie de organismos y estructuras que integran la Contraloría General de la Republica y que, a su vez, estos están bajos la tutela de este órgano público del Estado.

Así mismo, estos organismos trabajan en conjunto y de manera coordinada para fortalecer los procesos que ayuden a impulsar el control fiscal para el logro y alcance de los objetivos de los entes y organismos que conforman el sector público. Así como también, su participación en la administración pública.

Referencias bibliográficas

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (2009). Artículo 290, Gaceta Oficial Nº 5.908 (Extraordinaria). Caracas, Venezuela.
  • Reglamento de Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. (2009). Capítulo II, Gaceta Oficial Nº 39.240. Caracas, Venezuela.

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