REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIO DE ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
ESCUELA DE CONTADURÍA PÚBLICA
SAN CRISTÓBAL ESTADO TÁCHIRA
Autor: Esmor Cantor
Inicialmente, el
control fiscal es un sistema desempeñado por la Contraloría General de la
República para la verificación, estudio, transparencia y análisis de los
procesos realizados por las entidades y organismos públicos durante sus
gestiones públicas.
En este aspecto, la
contraloría General es un organismo público del Estado encargado de realizar
distintas funciones que garanticen la transparencia y desempeño de trabajo por
parte de los miembros que conforman los entes y organismos que están bajo su
responsabilidad.
Es por ello que, el
proceso de Auditoría es indispensable dentro de las actividades financieras
llevadas a cabo por los organismos públicos para asegurar el control fiscal en
las gestiones de trabajo interno, lo cual permitirá detectar deficiencias o
irregularidades presentes en las gestiones contables y administrativas.
Organización y Planificación del Control Fiscal
En este aspecto, la
ley para el control fiscal establece que la Contraloría General de la Republica
es el órgano ciudadano del Estado encargado de planificar los procesos que
conllevan a, controlar, revisar, y fiscalizar las actividades económicas
desarrolladas por los entes comerciales relacionadas a los Ingresos y Egresos
que estas perciben.
Así mismo, este
Órgano ciudadano también se encarga de hacer cumplir la ley nacional para
mantener el control fiscal, por lo cual planifica las técnicas para realizar
inspecciones orientadas en procesos de auditorías y revisiones de carácter
fiscal para que de esta manera se evite irregularidades por parte de los entes
u organismos que infrinjan la ley.
Por consiguiente, la
ley de control fiscal tiene como objetivo general regular las funciones
jurídicas desempeñadas por la Contraloría General y de las personas que ejercen
actividades contraloras. De igual manera, tiene la potestad para revisar las
funciones administrativas de los organismos sujetos a esta ley.
En este mismo
sentido, mantiene una planificación y organización de los procesos internos que
conllevan a verificar la legalidad, exactitud y procedimientos aplicados para corroborar
el nivel de honestidad y eficiencia de la información económica y financiera realizada
por los organismos y entidades durante sus actividades económicas.
Control fiscal
En este sentido, es
aquel proceso por el cual se centra en la planificación y manejo del control de
los procedimientos y técnicas para la verificación, supervisión, control,
fiscalización y regulación de las actividades administrativas de los entes
públicos gubernamentales.
Es por ello que, la
ley también le otorga la potestad a la Contraloría General para aplicar los
procedimientos que permitan fortalecer el control fiscal. Así como también, de planificar
y establecer las responsabilidades y sanciones a los sujetos u organismos que
incumplan o realicen actos irregulares o ilícitos fiscales que afecten o causen
daño al patrimonio público.
Es por esta razón que,
su finalidad es certificar el buen uso e implementación de las normativas y
leyes constitucionales que rigen los mecanismos implementados por la
Contraloría General para la implementación de técnicas que permitan establecer
un control interno a los entes y organismos sujetos a su supervisión.
De igual manera, su
objetivo es garantizar la fidelidad de la información administrativa y
financiera suministrada para que se compruebe que está libre de errores o
manipulación. Así como también, fomentar la eficiencia, factibilidad, eficacia
y buen manejo de los procesos administrativos internos de las entidades
públicas.
Objetivos del Control Fiscal
En este contexto, el objetivo del
control fiscal es asegurar el cumplimiento de las normas que rigen los procesos
administrativos efectuados por las entidades u organismos del Estado que
permitan establecer un sistema político-económico para el control, supervisión
y regulación de las actividades administrativas.
De igual manera, los
objetivos del control fiscal son implementados por los miembros que pertenecen
a la contraloría General de la Republica para el desempeño de sus funciones a
lo largo de sus gestiones de trabajo para la verificación y estudio del sistema
nacional de control fiscal.
Es por ello que, los objetivos del control fiscal son los siguientes:
- Asegurar el cumplimiento de las normativas de control fiscal.
- Fortalecer las normas que regulan el sistema de control fiscal.
- Fortalecer las capacidades del Estado para la ejecución de sus funciones de gobierno.
- Inspeccionar a los entes u organismos del Estado que ejercen actividades públicas para la verificación y validez de sus procedimientos efectuados durante la gestión fiscal.
- Fomentar la transparencia de los procesos administrativos y el manejo de los recursos del sector público.
- Establecer los procedimientos, políticas y normas necesarias para el desarrollo del ejercicio del control fiscal.
- Imponer las sanciones y multas pertinentes a los sujetos o entidades que incurran en actos irregulares o ilícitos contra el patrimonio público.
Procedimientos de Control Fiscal
En este sentido, esto es exigido por la ley de control
fiscal para la verificación y evaluación de la declaración patrimonial jurada
realizada por los sujetos o agentes pasivos durante el cierre fiscal anual de
sus actividades económicas, la cual será un claro y transparente reflejo de la
información financiera jurada ante el órgano fiscal.
Es por ello que, los
sujetos o personas que realicen actividades laborales sin distinción de cargo
en los entes u órganos públicos deberán hacerse responsable ante la ley por la
realización de actos ilícitos o irregulares durante su gestión laboral interna.
Seguidamente, en caso
de comprobarse hechos ilícitos realizados por los empleados pertenecientes a
organismos públicos del Estado, estos serán sancionados o penalizados por
realizar hechos irregulares administrativos que atenta contra el patrimonio
público.
Así mismo, la
contraloría podrá proceder a realizar un proceso de auditoría que permita
verificar, estudiar y analizar la información financiera que hubiese sido
objeto de sospecha de manipulación o malversación para que, de este modo, se
pueda comprobar la fidelidad del material auditado.
Control interno
En este aspecto, este
sistema se encarga de ejercer control sobre las entidades u organismos para
implementar procedimientos y técnicas que deben ser aceptados y aplicados por
los sujetos obligados por la ley para la verificación y validez de la
información económica y financiera que estos manejen para que logren el alcance
de sus objetivos.
De igual manera,
supervisa, controla, vigila y fiscaliza las actividades económicas realizadas
por los entes u organismos con el propósito de hacer cumplir las normativas
legales, así como también, de evaluar la eficiencia de los procedimientos
administrativos desarrollados por las entidades y la fidelidad de la
información financiera.
Es por ello que, es
importante el control de la gestión interna para determinar el rendimiento y
eficiencia de las actividades operacionales de los organismos mediante la
realización de auditorías para la revisión, estudio y análisis de la
información financiera.
Por tal motivo, el control interno se
establece mediante la constante revisión e inspección de los agentes u
organismos sujetos a la ley de control fiscal tras el desarrollo de sus
actividades económicas, así como también, del desenvolvimiento de sus gestiones
de trabajo.
Por consiguiente, según lo establecido en el artículo 9 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, designan los sujetos y entidades públicas quienes estarán obligados a procesos de control, vigilancia, revisión y fiscalización:
- El banco Central de Venezuela.
- Las universidades públicas.
- Las instituciones creadas con fondos públicos como fundaciones o asociaciones civiles.
- Las instituciones autónomas.
- Los contribuyentes naturales o jurídicos designados por la Ley Orgánica Tributaria.
- Los órganos y entidades que realicen actividades públicas nacionales, estadales, distritales y municipales.
Principios del Control Interno
En este
contexto, los principios del control fiscal están basados por una serie de instrumentos
que rigen los procedimientos aplicables para mantener el control, supervisión,
fiscalización y regulación de las actividades económicas desarrolladas por los
organismos y entidades los cuales están sometidos a su control.
De igual manera,
estos principios están sustentados por las normativas y leyes constitucionales
que le otorgan la protesta a la Contraloría General de la Republica en ejercer
su poder jurídico sobre los organismos sometidos a su supervisión.
Es por ello que, el articulo N°25 de la Ley Orgánica de Control Fiscal, título II del Sistema Nacional de Control Fiscal, Capítulo I correspondiente a las Disposiciones Generales título II, especifica que el Sistema nacional de Control Fiscal estará regido por los siguientes principios:
- Las entidades y organismos sometidos al control fiscal podrán contar con total capacidad financiera e independencia presupuestaria para el desarrollo de sus funciones.
- La gestión de control fiscal deberá ser desempeñada sin distinción de doctrinas o ideologías políticas.
- El carácter técnico en el ejercicio del control fiscal.
- La oportunidad de realizar el ejercicio de control fiscal y la presentación de sus resultados.
- El resguardo de los recursos económicos disponibles para la realización del control fiscal, para que su implementación no exceda el costo presupuestado sobre los beneficios esperados.
- El rápido desempeño de la gestión de control fiscal sin que sus procesos interfieran en las actividades administrativas de las entidades públicas.
- Fomentar a la ciudadanía a la realización de la actividad de control fiscal por medio de la gestión pública.
Normas de auditoria
Es el proceso por el
cual, el Estado lleva un control y supervisión de las actividades operacionales
internas, administrativas y financieras llevadas a cabo por los sujetos y
organismos del Estado antes mencionados en el artículo 2.
En este aspecto, el
capítulo I correspondiente a las disposiciones generales en su artículo 1,
determina cual es el objetivo general de las normas generales de auditoría, las
cuales, buscan impulsar la gestión de auditoría del Estado.
Así mismo, su propósito
está basado en criterios y principios éticos y profesionales que permitan el
cumplimiento y desarrollos de las normativas que rigen el funcionamiento y
evaluación de las labores públicas y de los auditores.
Por otra parte, el artículo 2, especifica que,
están sujetas a estas normativas: la contraloría general de la república, los
contralores de todo el territorio geopolítico del país, la contraloría general
de las fuerzas armadas, las unidades de auditoría interna, la superintendencia
nacional de auditoria interna, los auditores y firmas de auditorías
calificadas.
Criterios de las Normas de Auditoría
En este contexto, el
artículo 9 de las Normas Generales de Auditoría especifica ciertos criterios de
calidad que todo auditor debe implementar para desempeñar sus funciones.
Algunos de estos criterios de calidad son:
1. La auditoría deberá ser ejecutada por profesionales en la rama de la contaduría que cuenten con los conocimientos, habilidades y destrezas para el aplique de sus funciones para la ejecución del trabajo a desempeñar.
2. La auditoría de Estado debe ser realizada bajo las normativas legales aceptadas de auditoría.
3. Debe desarrollarse bajo un plan de trabajo con un cronograma de actividades para la ejecución de los procesos y técnicas legales de auditoría.
4. Cada proceso debe ser supervisado y revisado para minimizar algún posible detalle que se le haya escapado al auditor durante su gestión y así asegurar el alcance de los objetivos auditables.
5. Todo documento emitido por los responsables o encargados de la auditoría deberán ser identificados con sus datos personales para así verificar su correcta procedencia y certificación.
6. En caso que se deba realizar algunas modificaciones en el plan de trabajo, esto deberá ser notificado con anterioridad a las autoridades competentes.
¿Crees que en Venezuela actualmente se aplica un buen control
fiscal y por qué?
Conclusión
Por
consiguiente, el sistema de control fiscal se encuentra conformado por una
serie de organismos y estructuras que integran la Contraloría General de la
Republica y que, a su vez, estos están bajos la tutela de este órgano público
del Estado.
Así mismo, estos organismos trabajan en
conjunto y de manera coordinada para fortalecer los procesos que ayuden a
impulsar el control fiscal para el logro y alcance de los objetivos de los
entes y organismos que conforman el sector público. Así como también, su
participación en la administración pública.
Referencias bibliográficas
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (2009). Artículo 290, Gaceta Oficial Nº 5.908 (Extraordinaria). Caracas, Venezuela.
- Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. (2001). Artículo 4 y Capítulo I del Título II, Gaceta Oficial Nº 37.347. Caracas Venezuela. Disponible en: https://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic2_ven_anexo_34_sp.pdf
- Reglamento de Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. (2009). Capítulo II, Gaceta Oficial Nº 39.240. Caracas, Venezuela.
- Normas Generales de Auditoría de Estado (2013). Gaceta Oficial N° 40.172 Extraordinario, Caracas Venezuela. Disponible en: http://www.oas.org/juridico/PDFs/mesicic4_ven_nor_aud_est.pdf